Señores Asociados,
Les enviamos la Resolución Conjunta 2382,449 y 11/07 de la Afip, Oncca y Secretaria de Transporte la cual modifica la restricción que había impuesto la Resolución 693/2007 - 78/2007 y 2197 (ONCCA, Secretaria Transporte y AFIP) en su art. 2º. Por lo tanto, nuevamente el productor podrá cargar por cuenta y orden del canjeador a partir del día 5 de enero de 2008, según lo establece la presente resolución en su art. 2º.
Saluda atentamente,
Dra. CP Marcela Boggio Sosa
Gerente Institucional