Normativas de Interés


Señores Asociados,

Enviamos en adjunto la Disposición 9/2019 de la Secretaría de Gobierno de Agroindustria del Ministerio de Producción y Trabajo, publicado hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante el cual se determina que en los contratos de compraventa de granos con entrega de mercaderías en los cuales los pagos hayan sido convenidos en dólares estadounidenses, éstos, sean parciales y/o finales, deberán ser liquidados tomando en cuenta la cotización del dólar estadounidense divisa de cierre tipo comprador del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA del día anterior a la fecha del efectivo pago.

Cabe destacar que se entiende por granos a la definición establecida en el Anexo I del REGLAMENTO PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE OPERADORES DE LA CADENA AGROINDUSTRIAL.

 

La presente medida comienza a regir desde el día de la fecha.

 

Saludos cordiales,




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