Normativas de Interés


Señores Asociados,

Enviamos en adjunto la Disposición 76/2019, de la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios, publicada hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante la cual se establece que a partir del día 1 de marzo de 2020, la emisión de los certificados de depósito y warrants deberá realizarse indefectiblemente de forma electrónica, ingresando con Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Fiscal en la página web de la AFIP, ente autárquico en la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA, y siguiendo el respectivo instructivo.
Cabe destacar que los certificados de depósito emitidos con anterioridad al 1 de marzo de 2020, mantendrán su vigencia y sus efectos jurídicos hasta la expiración de los plazos que les dieran origen y que el requerimiento de registro diario de las operaciones, establecido en el Artículo 3º “in fine” de la Ley Nº 9.643, se entenderá cumplido mediante la información que quedará almacenada en el sistema electrónico de emisión.

La presente medida entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.


Saludos cordiales,




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