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Señores Asociados,

Les copiamos debajo información de utilidad la cual se encuentra publicada en la página web de la ONCCA (http://www.oncca.gov.ar/principal.php?nvx_ver=2305&nvx_pseccion=408 ) sobre las declaraciones sobre Existencias de Productor de granos y/u oleaginosas que se deben presentar según lo establece la resolución 684/2008.



Dra. CP Marcela Boggio Sosa

Gerente Institucional






¿Cuál es la oficina encargada de recepcionar las declaraciones y cuales son los medios de contacto con dicha oficina?

OFICINA CENTRAL EN LA CIUDAD DE BS AS
Avenida Paseo Colón 922 Oficina 16 P.B. (C1063ACW).
Tel: (011) - 4349-2034 / 2031 / 2090 / 2025
Fax: (011) - 4349-2005

2- AGENCIA ONCCA CIUDAD DE CÓRDOBA
Rosario de Santa Fe 268. (X5000ACF).
Tel: (0351) 428-1621 int. 136.
agenciacordoba@oncca.gov.ar

3- AGENCIA ONCCA CIUDAD DE RÍO CUARTO
San Martín 60. (X5800DIB).
Tel: (0358) 463-2942
agenciariocuarto@oncca.gov.ar

4- AGENCIA ONCCA CIUDAD DE ROSARIO
Francisco de Laprida 708 Piso 1º. (S2000CFF).
Tel: (0341) 440 -1164
agenciarosario@oncca.gov.ar

5- AGENCIA ONCCA CIUDAD DE BAHÍA BLANCA
Donado 1020 (B8000IZB).
Tel: (0291) 452-2132 / 450-2548
agenciabahiablanca@oncca.gov.ar

6- AGENCIA ONCCA CIUDAD DE MENDOZA
Martínez de Rosas 2710. 6ta. Sección. (M5502AYD)
Tel: (0261) 425-5315
agenciamendoza@oncca.gov.ar

7- AGENCIA ONCCA TANDIL
9 de Julio 88 (B700AQB). Tel: (02293) 438-454.
agenciatandil@oncca.gov.ar

8- AGENCIA ONCCA CHACO-FORMOSA
Tel: (011) 15-6035-2617.
agenciachaco@oncca.gov.ar



¿Cuál es la ruta de acceso al aplicativo para generar la declaración jurada?



En la página de ONCCA (www.oncca.gov.ar), hay dos accesos posibles:

Entrando por el menú de la izquierda: seleccionar Operadores

Entrando por el menú de arriba: seleccionar Granos

Luego ingresar en Registro de existencias, en complete la DDJJ y posteriormente imprimirla a través de reimprima la DDJ



¿Quienes pueden presentar las DDJJ? ¿Puede enviarse mediante mensajería o cadete, etc?

Las DDJJ deberán ser presentadas personalmente por: a) el titular de la firma b) su representante legal, debidamente acreditado. (Mediante poder Certificado por Escribano Público.)



¿Cuál es el vencimiento del plazo para la presentación de las Declaraciones Juradas?

No tienen vencimiento.



¿Con que periodicidad se debe presentar la declaración?

Se deben presentar existencias desde el día de publicación de la Resolución (6 de junio de 2008) y cada vez que exista una variación en las mismas.



¿Que se entiende por circuito comercial? ¿Cuando la mercadería se encuentra en la planta de un comerciante pero aún esta a nombre de un productor, se debe realizar la declaración?

La mercadería se encuentra dentro del circuito comercial cuando esta almacenada en alguna planta de un operador inscripto en ONCCA (el cuál declara formulario 1116A Certificado de Deposito Intransferible; C14 existencias en Acopio o C15 existencias en industria) o cuando fue liquidada (1116B) pero permanece en el campo del productor (aquí el silo bolsa debe ser informado por el comprador de la mercadería como deposito transitorio). Por ende, los productores informan sus existencias cuando esta depositada en el campo y la misma no fue comercializada (1116A 1116B 1116C 1116RT).



¿Cómo se instrumenta la declaración cuando el productor envía mercadería de propia producción a plantas de acopio o industriales de su propiedad, o bien envía su propia mercadería a plantas de terceros para realizar fazón?

Resolución Conjunta Nº 698/2007 y General Nº 2198

¨El Formulario C1116A deberá confeccionarse incluso en caso de que el productor-remitente de los granos y el receptor de los mismos sea la misma persona física o jurídica, mientras que los Formularios C1116B o C1116C podrán ser confeccionados por la misma persona física o jurídica o por el comprador final de los granos, los que deberán indicar el número de Formulario C1116A correspondiente a fin de reflejar dicha operación."

La resolución antes citada indica que el grano de propia producción que se envía con destino industrialización o a acopio, debe ser certificada mediante un 1116A cuando ingresa a la planta o bien con anterioridad al ingreso de la mercadería al establecimiento y Liquidada mediante el formulario 1116B o 1116C (en ambos formularios se consignan los kilogramos, no así el importe de la operación, el cuál va en cero por tratarse de propia producción).



¿Como se procede ante el caso de no tener pesado el grano al tener que informar las toneladas almacenadas?

En este caso se deberá consignar una estimación de las existencias en los distintos tipos de instalaciones.



¿En caso de no existir una delegación cercana se puede entregar por otro medio o en otras dependencias de otros organismos?

La DDJJ solo puede entregarse "personalmente" en una agencia ONCCA.



¿De poseer grano de dos cosechas diferentes, como se procede para declarar ambas campañas?

Se debe completar los datos del productor, del grano cumplimentando la cosecha correspondiente a una campaña, el domicilio o ubicación geográfica del grano almacenado, el domicilio o ubicación geográfica de la explotación. Luego hacer click en agregar grano y ahí completar los datos del grano consignando la otra cosecha y los demás de datos de ubicación geográfica del grano y de la explotación.



¿Se deben informar aquellas explotaciones que estando bajo el dominio de una empresa que guarda grano no posee grano en dicha explotación?

En el ítem domicilio o ubicación geográfica de los granos se debe consignar donde está acopiado el grano que se produjo en esa explotación u otra. En el ítem domicilio o ubicación geográfica de la/s explotaciones se debe completar el o los predios donde se produjo el grano acopiado en la explotación consignada anteriormente.



¿El titular receptor de la información por parte de la ONCCA debe entregar alguna constancia al productor?

Cuando se imprime la declaración jurada, se imprimen dos ejemplares: uno queda en manos de la ONCCA y el otro, con el sello de recepción, queda en manos del productor.



¿La firma del representante legal o titular debe estar certificada por escribano público o Juez de Paz?

No. El representante legal debe estar debidamente acreditado mediante poder Certificado por Escribano Público.



Cuando NO informa el productor?

Cuando entro al circuito comercial, es decir, cuando esta almacenada en alguna planta de un operador inscripto en ONCCA (el cuál declara formulario 1116A Certificado de Deposito Intransferible; C14 existencias en Acopio o C15 existencias en industria) o cuando fue liquidada (1116B) pero permanece en el campo del productor (aquí el silo bolsa debe ser informado por el comprador de la mercadería como deposito transitorio).


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