Señores Asociados,
Enviamos en adjunto la Resolución 4441/2019 de AFIP, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina, en el día de hoy, mediante la cual se establece que los contribuyentes declarados en estado de emergencia y/o desastre agropecuario con arreglo a la Ley Nº 26.509 y su modificación, en tanto tengan vigente el reconocimiento de dicha situación por parte de AFIP a través del procedimiento de la Resolución General N° 2.723, quedarán exceptuados de que se les practiquen retenciones del impuesto a las ganancias.
Las disposiciones establecidas en la presente entrarán en vigencia a partir de los QUINCE (15) días hábiles siguientes de su publicación en el Boletín Oficial.
Saludos cordiales,