Normativas de Interés


Señores Asociados,

Enviamos para conocimiento la Resolución 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la provincia de Santa Fe, la cual establece entre otras cosas, que para aquellas actividades exceptuadas de cumplir el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” (DNU 297/2020), se dispone que los empleadores de las mismas deben adoptar, implementar y publicitar en lugar visible del establecimiento, un Protocolo de Seguridad e Higiene en conjunto con su Servicio de Medicina del Trabajo, e informado al Comité Mixto de Salud y Seguridad o Delegado de Prevención y adoptados en el marco de la Recomendaciones del Ministerio de Salud de la Nación, del Ministerio de Salud Provincial y de la Organización Mundial de la Salud.
Asimismo, establece que los establecimientos de actividades autorizadas por el DNU N° 297/20 y las Decisiones Administrativas de Jefatura de Gabinete N° 429/20, 450/20, 467/20 y 468/20, deben comunicar inmediatamente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Provincia el Protocolo de Prevención de Coronavirus COVID-19 adoptado, vía mail a protocolocovid@santafe.gov.ar.
A su vez, los empleadores deberán llevar un registro de entrega de elementos de protección personal y de prevención; como así también un registro especial de Declaraciones Juradas sobre el estado de salud de sus trabajadores, conforme al modelo de Declaración Jurada que se adjunta a la presente.

Saludos cordiales,




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