Normativas de Interés


Señores Asociados:

Enviamos en adjunto la Resolución 01/2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, publicada hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina, mediante la cual se establece que las personas humanas o jurídicas que operan en el mercado de la soja o girasol y se encuentren inscriptas en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA), sea como productores, fraccionadores, acopiadores, exportadores, elevadores y fazoneros o demás áreas del comercio, conformen un fideicomiso cuyas normas y alcances estarán determinados en el respectivo contrato que a tal efecto deberá ser suscripto en un plazo de 15 días hábiles.

 

El fideicomiso que se establece deberá velar por el interés económico general de la población, mediante un sistema interno de asistencia financiera que, preservando la libertad de mercado y la libre competencia, garantice el abastecimiento interno y asegure precios justos y razonables para los consumidores.

 

La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Saludos cordiales,





Paraguay 777. Piso 4º | S2000CVO | Rosario, Santa Fe. Argentina
TEL/FAX: (54 -0341) 421 6638
www.centrodecorredores.org.ar